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Secretaria
Exenciones de FCT/ Formación Empresa

 Exención FCT Formación en Centros de Trabajo/

Exención FFE Fase de Formación en Empresa-LFP

  • Requisitos: Acreditar una experiencia laboral mínima de un año a tiempo completo, o su equivalente, que se corresponda con la formación cursada. A estos efectos se podrán aportar la experiencia laboral de los cinco años anteriores.
  • Tipos de exenciones: Se podrá conceder una exención total o parcial, atendiendo a las tareas profesionales desempeñadas por la persona en formación y su grado de conciencia con los resultados de aprendizaje asignados al periodo de empresa u organismo equiparado.
  • Se adjuntará solicitud y documentación justificativa según los siguientes MODELOS.
    • Exenciones FCT (Formación en centros de trabajo): Antiguos alumnos+alumnos de TCAE.
    • Exención FFE (Fase de formación en Empresa): Nueva ordenación LFP.

DOCUMENTACIÓN PARA JUSTIFICAR LA EXPERIENCIA LABORAL

a) Para trabajadores o trabajadoras asalariados.

1º.- Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el periodo de contratación.

2º.- Contrato de trabajo o certificación de la empresa donde hayan adquirido la experiencia laboral, en la que conste específicamente la duración de los periodos de prestación del contrato, la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad.

b) Para trabajadores o trabajadoras autónomos o por cuenta propia.

1º.- Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina de los periodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente.

2º.- Descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma.

  • Plazo: Desde el momento de formalización de matrícula hasta un mes antes de la fecha prevista para el inicio de la formación en empresa u organismo equiparado.

La persona titular de la dirección del centro educativo resolverá de acuerdo con la documentación aportada por la persona solicitante y la valoración que realice el equipo docente del centro, una vez que se hayan cumplido los requisitos para acceder a dichas pràcticas.

  • Orden EDU 173/2025, de 20 de febrero por la que se desarrolla la formación en empresa u organismo equiparado, para las ofertas de formación profesional de los grados D y E del Sistema de Formación Profesional en la Comunidad de Castilla y León. Artículo 8. Exenciones de la fase de formación en empresa y organismo equiparado.
  • Real Decreto 659/2023, de 18 de julio por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional. Artículo 131, 161 y artículo 177.3.
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